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Un pastizal: la multa a la que te enfrentas si conduces por la M-30 sin la etiqueta de la DGT

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Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

El 2023 ha llegado con novedades muy importantes en lo que a la movilidad en ciudades se refiere. En base a la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, todas las ciudades de más de 50.000 habitantes den establecer obligatoriamente Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). La implantación de las ZBE será progresiva y, por ahora, solo están en marcha en Madrid, Barcelona, Zaragoza y Sevilla.

Restricciones a los vehículos más contaminantes en la M-30

En el caso de Madrid, la regulación de las ZBE entró en vigor el 22 de septiembre de 2021, y desde entonces las restricciones se han endurecido.

La Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid establece que los vehículos que no tengan la etiqueta de la DGT no podrán acceder al interior de la M-30 desde el 1 de enero de 2023.

Esto supone que los vehículos más contaminantes no podrán circular por las vías públicas urbanas que se encuentran en el interior de la M-30, ni tampoco por la propia M-30. Son aquellos que no tienen ningún distintivo ambiental de la DGT.

Aunque el distintivo como tal no existe, son conocidos como de etiqueta A. Son los vehículos de gasolina matriculados antes del 2000 y los diésel anteriores al 2006, tal y como explican en ‘Autobild’.

Desde el 1 de enero de 2023, estos vehículos tienen prohibido circular en los siguientes distritos, además de la propia M-30: Chamberí, Retiro, Centro, Salamanca, Arganzuela, Chamartín, Tetuán y parte de los distritos de Fuencarral-El Pardo y Moncloa-Aravaca.

A esto hay que sumar que los vehículos con la etiqueta B no pueden aparcar en las ZBE, aunque sí circular por ellas. Saltarse estas restricciones conlleva una multa de 200 euros.

Distintivo ambiental de la DGT

Hay cuatro etiquetas con las que la DGT identifica cada vehículo según el tipo de motor y su antigüedad. Son las siguientes:

  • Etiqueta 0 emisiones, Azul: eléctricos de batería (BEV) , eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.
  • Etiqueta Eco: eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP).
  • Etiqueta C, Verde: turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
  • Etiqueta B, Amarilla: turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006.

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